viernes, agosto 30, 2013

Falta de espacio retrasa TSE en fallos para rectificación de actas

AFIRMAN QUE NO HAY ÁREA PARA COLOCAR A 30 ABOGADOS REQUERIDOS PARA TRABAJAR EXPEDIENTES


Wanda Méndez
Santo Domingo
El Tribunal Superior Electoral (TSE) registra un atraso en el conocimiento de las demandas de rectificación de actas del estado civil, debido a que carece del espacio suficiente para colocar alrededor de 30 abogados que necesita nombrar para que trabajen los expedientes. 
Entre el 2012 y el 2013, el TSE fue apoderado de 10,901 demandas de rectificación de actas, de las cuales solamente ha fallado  2,769,  correspondiente a 31%, quedando pendiente de fallo 8,132. 
La directora de Rectificaciones del TSE, Emenegilda Fondeur, precisó a Listín Diario que para ese proceso solo cuentan con 20 abogados, ante una necesidad de un personal de 50. 

“La situación nuestra es que no tenemos el cuerpo de abogados ayudantes que nos permitan cumplir con toda la cuota que se debe cumplir semanalmente para poder abastecer la demanda, no es por desinterés, sino más bien porque no tenemos el espacio físico”, explicó Fondeur. 
Sostuvo que esa situación le afecta bastante, porque “no nos permite tener el número idóneo de abogados ayudantes para la elaboración de las sentencias”.
Indicó que debido a esa circunstancia, el TSE aprobó en junio pasado un horario extendido, de 5 a 10 de la noche, en el cual continúan trabajando 10 de los 20 abogados que laboran en el tribunal. 
Explicó que con ese horario buscan agilizar el conocimiento de los expedientes que quedan del año 2012. Señaló que esa medida ha sido beneficiosa, porque están dando salida a 500 expedientes mensuales, duplicando los 250 que procesaban anteriormente.
Sostuvo que están trabajando paralelamente con los expedientes que recibieron en el 2012 y en el 2013. 
“La gente piensa que es simplemente arreglar un nombre o un apellido, no entiende que el registro civil es una especialidad, que no es el hecho que me diga que mi apellido  es Peña y está Gómez, es que tiene que suministrarnos los documentos y nosotros comprobar realmente y hacer una sentencia bien estructurada, donde se tiene que cumplir con todos los parámetros procesales que establece la redacción de sentencia”, subrayó. 
Expedientes incompletosFondeur dice que otro factor que demora el conocimiento de los casos es que los abogados someten las demandas de rectificación incompletas. 
Sostuvo que cuando un abogado pretenda someter una rectificación, debe de averiguar primero qué necesita depositar. 
“La mayoría de los expedientes nos llegan incompletos y entonces tenemos nosotros que cumplir con un proceso diríamos hasta paternal de llamarlos”, expresó.
Conforme a las estadísticas suministradas, en el TSE existen 2,071 expedientes de rectificación que fueron depositados incompletos, para lo cual tienen que llamar a los abogados para que los completen. 
Retraso
De los 8,132 expedientes que no han sido fallados, 2,300 están pendientes de elaboración de sentencias,  2,593 en proceso y 537 en análisis, todas por falta de abogados.
Otros 124 fueron enviados al Instituto Nacional de Ciencias Forenses, para fines de análisis, por tratarse de solicitudes de cambio del sexo que figuran en el acta, y 276 fueron enviados al ministerio público para que opine, por tratarse de menores de edad,  ya que la ley 659 sobre actos del estado civil así lo dispone. 
El mayor volumen de solicitudes de rectificación fueron sometidas en el 2012, con un total de 6,738. En los ocho meses del 2013 el TSE ha recibido 4,163. 
Las solicitudes de rectificaciones de las actas se someten mediante instancia dirigida al TSE, a través de los secretarios de las juntas electorales de cada municipio. 
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CASOS SEÑALADOS PARA PEDIR RECTIFICACIÓ

Mediante la resolución 001-2013, emitida en mayo, el TSE identificó los casos sobre los que se puede solicitar una rectificación de las actas que tengan carácter judicial.
Según esa resolución, procede rectificar por error u omisión de cualquier parte de las actas del estado civil; para corregir los datos de los padres en las actas; los datos del acta, cuando el error recae sobre el lugar, fecha y nombre del oficial civil; para enmendar inexactitudes o errores, y la rectificación de cualquier otro dato del acta que causa un daño o un perjuicio a la persona que figure en la misma.
En esa misma resolución, el TSE decidió que será incompetente para conocer la solicitud de rectificación en los casos que corresponden a la Junta Central Electoral (JCE), por tratarse de correcciones administrativas, las cuales fueron consignadas en la resolución sobre expedición de actas del estado civil con datos o informaciones discordantes u omitidas y en el reglamento sobre corrección de datos en las actas del estado civil por vía administrativa, emitidos por la JCE.
En ese caso, figuran el cambio de letras en nombres, apellidos, o en los datos generales del folio; abreviaturas de nombres y apellidos; conjunciones; inclusión del número de cédula, cuando esté omitido o cuando figure el número de la constancia de solicitud de la cédula, y por omisión y cambios de dígitos en los números de cédulas.
Exceptuó de esa disposición, los casos en que contengan errores judiciales y administrativos en la misma acta.
Fuente: Listin Diario.

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