martes, abril 14, 2015

Expedientes MP: sin éxito en casos corrupción



Hogla Enecia Pérez

Investigaciones y solicitudes de juicios han sido anuladas por falta de pruebas y violación al debido proceso de ley

La falta de sustento probatorio y la aplicación del debido proceso han sido los elementos comunes que tienen los seis expedientes de alegados actos de corrupción y desfalco en contra del Estado presentados e investigados por el Ministerio Público en contra de funcionarios públicos.

Tanto la acusación de prevaricación y enriquecimiento ilícito hecha por la Procuraduría Especializada de Persecución a la Corrupción Administrativa (Pepca) contra el senador Félix Bautista y otros seis imputados, así como la presentada al alcalde de San Francisco de Macorís y los exdirectores de Junta del Distrito Municipal de Cabarete, Puerto Plata, fueron desestimadas por los tribunales.

A esto también se suma la confirmación del archivo de la investigación que se llevaba al senador Amable Aristy Casto durante su gestión en la Liga Municipal Dominicana, dictado por el anterior director del Pepca, Hotoniel Bonilla, y el archivo de la investigación al exministro de Obras Públicas, Víctor Díaz Rúa.

Otro de los casos es la anulación de la sentencia que ordena realizar un juicio al exdirector de Bienes Nacionales, Elías Wessin Chávez, acusado de malversar RD$157 millones en la institución.

En cada caso el órgano acusador ha presentado numerosos medios de pruebas entre los cuales hay informes de la Cámara de Cuentas, informes de control interno de las instituciones, cheques, informes periciales, certificados financieros de entidades bancarias, testimonio, entre otros, pero al final no sirven para probar la calificación jurídica que estos otorgan a sus expedientes o sustentar el porqué de su investigación. En otros casos han sido considerados como una doble persecución, a juzgar por los administradores de justicia.

De reenvío en reenvío está en el Palacio de Justicia del Distrito Nacional el expediente de desfalco supuestamente cometido por el exdirector del Instituto Nacional de Recursos Hidráulicos (INDRHI), Héctor Rodríguez Pimentel, y un grupo de exempleados de esa entidad estatal.

Producto de estas últimas decisiones, diversos sectores de la sociedad se preguntan ¿la falla está en los jueces que conocen los expedientes o en el órgano acusador?

Caso Cabarete

En lo relativo al expediente acusatorio que pesaba en contra de Gabriel Antonio Mora Ramírez y Eddy Ramón Morfe exdirectores del Distrito Municipal de Cabarete, Puerto Plata, el Tribunal Colegiado de ese departamento judicial estableció que no hubo malversación de unos 189 millones de pesos como alegó el Ministerio Público.

El tribunal estableció que si bien es cierto que el informe presentado por la Cámara de Cuentas (CC) reflejaba irregularidades en el manejo de ese cabildo, la denuncia que presentó la presidenta de dicho organismo nunca estableció responsabilidad penal directa sobre una persona, sino contra los “principales funcionarios” de ese ayuntamiento durante el período 2004-2010.

Consideró que en los informes de la Cámara se evidenció que el Distrito de Cabarete no contaba a lo interno, desde su inicio, con una estructura formal de cabildo y los mecanismos de control necesarios para asegurar un régimen de ingresos y egresos de fondos, pues no existía ni siquiera la figura de contralor, que registrara las cuentas.

El tribunal dijo que el órgano acusador no destruyó la presunción de inocencia de los directores del cabildo y que los beneficiarios de los cheques, los cuales en algunos casos no fueron quienes lo retiraron, han testificado que recibieron el dinero por concepto de bienes y servicios otorgados al Distrito.

Además, pudo comprobar que Humberto Mora, quien también era inspector municipal, era prestamista y cambiador de cheque, el cual otorgó préstamos de manera informal al Distrito Municipal para el pago de nómina en atención a la falta de fondos y tardanza de entrega de los mismos por parte de las autoridades. Situación por la cual han atravesado varias gestiones administrativas de la institución.

San Francisco

Félix Rodríguez Grullón, alcalde de San Francisco fue favorecido con un auto de no ha lugar, luego de ser acusado de malversar más de 400 millones de pesos.
Esto, porque el juez entendió que las pruebas presentadas por la barra acusadora no demuestran que haya incurrido en responsabilidad penal, sino que se trata de una acusación con unas irregularidades administrativas que no conllevan sanciones penales.

Esa disposición favoreció además a Gerson Lizardo Pérez, encargado de nómina; Fior Daliza Genao Hernández, tesorera, y Ana Hilda Bobie Aquino de Lizardo, esposa del encargado de nómina.

La Cámara Penal de la Corte de Apelación de la Provincia Santo Domingo desestimó la querella y testimonios aportados por el órgano acusador debido a que con ellos no se expresó las pretensiones probatorias de los mismos.

También un informe pericial el cual no cumple con las condiciones exigidas en el Código Procesal Penal, mientras que los otros que sí fueron acogidos no sustentaron la pretensión probatoria, ya que solo se limitaban a decir que “probarían irregularidades, las cuales no indican si constituyen una infracción penal”.

En este caso tampoco la Cámara de Cuentas indicó que los acusados hayan cometido tipos penales de las irregularidades encontradas.

Caso OISOE

Auto de no ha lugar también fue dictado en favor del exdirector de la Oficina de Ingenieros Supervisores de Obras del Estado (OISOE), Félix Bautista Rosario, y otras seis personas acusadas de formar junto a él una red societaria en perjuicio del Estado dominicano. Al igual que en el caso de San Francisco, el juzgador señaló que faltan elementos probatorios que sustente la acusación de lavado de activos y desfalco.

Situación de doble persecución

Los tribunales han expresado que tanto en el expediente formulado contra el senador Bautista como con José Elías Hernández García, Bolívar Antonio Ventura Rodríguez, Carlos Manuel Ozoria Martínez y Grisel Araceli Soler Pimentel consisten en una doble persecución, no así en cuanto a Soraida Antonia Abreu Martínez y Bienvenido Apolinar Bretón Medina. Esa misma conclusión se llegó en torno a la revocación del archivo provisional que había dictado el anterior director del Pepca, Hotoniel Bonilla, a la investigación que nueva vez se llevaba a cabo contra el senador Amable Aristy Castro. El juez de la instrucción especial de la Suprema Corte de Justicia que conoció el caso dijo que si bien es cierto que se dictó un archivo provisional de la investigación por no existir hasta el momento elementos que demuestren una responsabilidad penal para el entonces secretario de la Liga Municipal Dominica, una vez concluido el análisis del informe provisional y el informe definitivo de la Cámara de Cuentas correspondiente al 2009, se evidenció que no hubo variación de las circunstancias que dieron lugar al referido archivo. En tal sentido, se declaró la inconstitucionalidad el auto emitido por el Procurador de la República el cual ordenaba la reapertura del caso.

Acusador
El procurador Francisco Domínguez Brito señala que existe un régimen de complicidad en el sistema de justicia.”

Suprema
Mariano Germán llama al órgano acusador a fortalecer su trabajo profesional cuando entiendan que un supremo interés está envuelto”.

El Caribe

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