martes, abril 10, 2018

Cuatro acciones buscan nulidad de la Ley 169-14



Wanda Méndez
wandamendez47@gmail.com
Santo Domingo


El Tribunal Constitucional está apoderado de cuatro acciones directas de inconstitucionalidad en contra de la Ley 169-14 que establece un régimen especial para personas nacidas en el territorio nacional inscritas irregularmente en el registro civil dominicano y sobre Naturalización y en contra de su reglamento de aplicación.

De dos de esas acciones solo se espera el fallo, pues datan de 2014, y las otras dos están pendientes de conocimiento por el tribunal en audiencia pública, porque son de reciente depósito.

Las instancias promueven principalmente la nulidad de los artículos 1, 2 y 8 de esa legislación, que fue aprobada el 23 de mayo del 2014, luego que el TC emitió la sentencia 168-13, que estableció, entre otros aspectos, que a los hijos de inmigrantes ilegales no les corresponde la nacionalidad dominicana. Está pendiente de fallo una acción directa de inconstitucionalidad promovida por la Fundación Soberanía, Inc., la cual fue sometida el 15 de julio del 2014. Esta busca la eliminación de los artículos 1, 2 y 8 de la ley.

Otra acción de inconstitucionalidad fue sometida en contra del Decreto 250-14, el 23 de julio de 2014, que aprobó el reglamento de aplicación de la Ley 169-14, la cual fue sometida el primero de agosto del 2014.

Esa instancia fue presentada por el Comité Dominicano por la Solidaridad Internacional con Haití, así como por los abogados Juan Miguel Castillo Pantaleón, Juan Miguel Castillo Roldán, Cristina Aguiar, Leila Roldán y José Miguel Vásquez García. El TC dejó esas dos acciones en estado de fallo el 10 de febrero de 2015, en una audiencia pública. La Ley 137-11, orgánica del TC y los procedimientos constitucionales otorga un plazo de cuatro meses a sus jueces para fallar las acciones de inconstitucionalidad, plazo que ya está vencido.

Las otras dos acciones de inconstitucionalidad aún no han sido conocidas. Una fue sometida el 26 de marzo de 2018 por el presidente del recién fundado Partido Nacionalista Dominicano, Porfirio de Jesús López Nieto, en contra del artículo 8 de la ley. La más reciente impugnación fue presentada el 6 de abril del 2018 por Josefina Guerrero, Andrés Nicolás Contreras, Yeralda Nicolasa y Rosanna Natalie Contreras Guerrero, en contra del artículo 2.

El artículo 1 de la ley se refiere al objeto, señalando que establece “a) un régimen especial en beneficio de hijos de padres y madres extranjeros no residentes nacidos en el territorio nacional durante el periodo comprendido entre el 16 de junio de 1929 al 18 de abril de 2007 inscritos en los libros del Registro Civil dominicano en base a documentos no reconocidos por las normas vigentes para esos fines al momento de la inscripción; y b) el registro de hijos de padres extranjeros en situación irregular nacidos en la República Dominicana y que no figuran inscritos en el Registro Civil”.

En el artículo 2 dispone que “la Junta Central Electoral procederá a regularizar y/o transcribir en los libros del registro civil, libre de todo trámite administrativo a cargo de los beneficiarios, las actas de las personas que se encuentren en la situación establecida en el literal a) del artículo anterior”. Agrega que “subsanada la referida irregularidad en virtud de esta ley, la Junta Central Electoral los acreditará como nacionales dominicanos”.

Listin Diario.

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